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CONTRATO DE VINCULACIÓN ACADÉMICA DIGITAL

CONTRATO DE VINCULACIÓN ACADÉMICA

Entre Andrés Fernando Moreno Suárez, identificado con C.C. 79.684.003, de Bogotá, D.C., con domicilio en la misma ciudad, quien, para los efectos del presente contrato, obra en calidad de director y representante legal del centro cultural y educativo: DEEJAY ACADEMY AUDIO RECORDING SCHOOL, NIT 79684003-4, que en adelante se denominará LA ACADEMIA, y por otra parte en condición de alumno(a), quienes obran a nombre propio y de manera solidaria con la obligación contraída por EL ALUMNO(A), y para efectos del presente contrato en las Técnicas de mezclas o de Producción Musical que se regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERA. Definición del contrato.
El presente contrato formaliza la vinculación de EL ALUMNO(A), a los servicios de aprendizaje técnico que ofrece el centro cultural y educativo DEEJAY ACADEMY AUDIO RECORDING SCHOOL.

SEGUNDA. Objeto del contrato.
El objeto del presente contrato es procurar la formación del EL ALUMNO(A), mediante la reciproca complementación de esfuerzos, para la búsqueda del pleno desarrollo artístico del EL ALUMNO(A), al igual que un rendimiento satisfactorio en la técnica correspondiente al programa suscrito, a través de las clases ONLINE Y/O PRESENCIALES, en las áreas de mezclas Dj o de producción musical.

TERCERA. Derechos y obligaciones de EL ALUMNO(A),

1. Asistir regularmente a las instalaciones de LA ACADEMIA o via Zoom, cumpliendo con los horarios establecidos y las clases correspondientes.
2. Utilizar de forma responsable y cuidadosa los implementos, equipos, instalaciones: responder por los daños causados a ellos, siempre y cuándo estos sean atribuidos al mal uso o mal trato (APLICA PARA CLASES PRESENCIAL). No se tendrán en cuenta los daños normales que se presenten, como desgaste por uso, cambios de energía y otros que se consideren de causa normal.
3. Tener una conducta respetuosa y tolerante en el trato a directivos, capacitadores y personal administrativo, así como con los estudiantes o compañeros que pertenecen a la academia, para, con esta conducta respetuosa, fomentar el buen ambiente en el entorno académico.
4. Acatar y cumplir las sanciones que le sean impuestas por parte de LA ACADEMIA, causadas por el incumplimiento de sus obligaciones como ALUMNO (A)
5.
Cumplir, antes de dar inicio a clases, con el pago del curso al cual se inscribió, en el valor, forma y condiciones establecidas más adelante en este contrato.
6. Realizar, de manera obligatoria, los trabajos o proyectos solicitados, mismos que una vez EL ALUMNO(A) termine, serán utilizados para fines educativos.
7. Permitir el uso de sus datos personales, por parte de LA ACADEMIA, para el envío de información y publicaciones, contenidas en nuestras bases de datos y página web, con previa autorización de su parte.
8. Asistir a clases con los materiales requeridos por el instructor, sean audífonos, PLUG, 2 USBS, cuadernos o materiales adicionales, pues estos son elementos básicos para el proceso de formación académica.
9. Presentar las evaluaciones teóricas y prácticas, de conocimientos, en las condiciones, términos y fechas indicadas por el instructor, que EL ALUMNO(A), deberá aprobar, conforme a los parámetros de calificación establecidos por la academia para cada curso; si EL ALUMNO(A), no presenta la evaluación, o no es aprobada, deberá pagar un supletorio para volver a realizar la evaluación; si EL ALUMNO(A), reprueba las evaluaciones y su nivel artístico no es el ideal deberá repetir el nivel establecido.

CUARTA. Obligaciones de LA ACADEMIA.
1.Prestar el servicio ofrecido en este documento, de manera regular, cumpliendo los horarios y el número de horas establecidos para cada curso.
2.Desarrollar los planes y programas correspondientes para cada curso
3.Prestar los equipos y espacio adecuado para que el aprendizaje sea óptimo.
4.Exigirle a EL ALUMNO(A), el cumplimiento de sus deberes esenciales, para que él mismo logre la aprobación de la técnica determinada.
5.Prestar el servicio de instrucción establecido con los docentes o instructores idóneos y capacitados.
6.Entregar a EL ALUMNO(A), cuando finalice el curso y haya cumplido con todos los parámetros establecidos, una constancia de asistencia al curso realizado, la cual tiene un costo que debe ser asumido por EL ALUMNO(A), en su totalidad.

QUINTA. Obligaciones de EL ALUMNO(A)

1. El Alumno no podrá, difundir tanto las preguntas como las respuestas de las evaluaciones que se realicen.
2. El Alumno no podrá, grabar por cualquier medio las clases presenciales que recibe en el curso presencial, las clases online se entregarán via link con vigencia de una semana por solicitud del alumno.
3. El Alumno no podrá, ceder o aplazar el curso después de iniciada las clases.
4. El Alumno no podrá, dictar el contenido, total o parcial del curso objeto de este contrato, ya sea de manera gratuita u onerosa salvo que medie autorización previa y escrita por parte de la academia.

SEXTA. Costos y forma de pago. Según lo acordado con la institución

1. Los pagos se pueden realizar por consignación a la cuenta de ahorros número 20209698227 de BANCOLOMBIA, a nombre de ANDRÉS FERNANDO MORENO SUAREZ, C.C 79684003de Bogotá representante legal de LA ACADEMIA; el estudiante al momento de realizar la consignación, deberá comunicarse con nosotros para formalizar el pago.
2. Los pagos se podrán también realizar en efectivo o con tarjeta de crédito en las instalaciones de la academia o a través nuestra pagina Web.
3. La inasistencia a clases no exime a EL ALUMNO(A) del pago total de los cursos; la mora acarreará intereses moratorios y los gastos pre jurídicos establecidos por la ley colombiana, los que debe cubrir EL ALUMNO(A) en su totalidad.

PARÁGRAFO. LA ACADEMIA no hace devoluciones de dinero después de realizado el pago de los cursos, una vez iniciados.

SÉPTIMA. Terminación del contrato.

El siguiente contrato se terminará por las siguientes causales:
1. Por mutuo consentimiento entre las partes que intervienen este contrato.
2. Por fallecimiento de EL ALUMNO(A), o por razones de fuerza mayor o caso fortuito.
3. Por suspensión de actividades por parte de LA ACADEMIA, por más de (60) sesenta días o por cierre definitivo.
4. Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones de parte de EL ALUMNO(A).
5. Por voluntad expresa de EL ALUMNO(A)
6. Por las demás causales previstas en la ley para estos casos

OCTAVA. Avisos, notificaciones y aplazamientos.
1. Cualquier comunicación entre EL ALUMNO(A) y LA ACADEMIA, para efectos de aplazamientos, cambios de horario y otros que sean pertinentes al objeto del presente contrato, deberán realizarse por escrito o al correo info@djacademy.edu.co
2. El ALUMNO, autoriza a ser notificado frente a todo tipo de información que refiera a este contrato por medio de: Llamada telefónica, mensaje de texto y/o correo electrónico
3. LA ACADEMIA concede a EL ALUMNO(A), un máximo de un aplazamiento, que no debe exceder los 6 (seis) meses; después de este periodo EL ALUMNO(A), deberá cancelar de nuevo los valores que estén estipulados en el momento para los diferentes cursos.
4. Los costos de reintegro deben ser pagados en su totalidad por DEL ALUMNO(A), a las tarifas vigentes en el momento del reintegro.
5. El reintegro esta sujeto a disponibilidad de cupos, no es deber de LA ACADEMIA realizar reintegros al no tener disponibilidad de estos.

NOVENA. Duración. El presente contrato tiene la siguiente vigencia desde el día en que se realiza el pago, hasta la finalización del curso especificada en el formulario, y la cual es por 4 meses a partir del inicio de clases.

1. Este contrato se asimila para todos los efectos legales a un contrato de derecho privado y, por lo tanto, genera a favor de las partes todas las acciones propias de dicha contratación.
2. Al aceptar los términos y condiciones del presente contrato, EL ALUMNO(A), y sus compromisarios avaladores se comprometen a cumplir todas la cláusulas anteriormente explícitas.

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